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Brecha de género en el poder Judicial | Parte 1

Un día pregunté a un magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema por qué no habían elegido a una de las candidatas que se había presentado en la terna para su sala, él me respondió que las que se presentaron no reunieron todas las calidades para el cargo. Su respuesta me pareció insuficiente; no podía creer que de las 21.479 mujeres que trabajan para la Rama Judicial o de las 187.790 abogadas inscritas ante el Consejo Superior de la Judicatura, no existiera 1 con las habilidades conocimientos y experiencia requerida para llenar las expectativas de vacante al cargo de magistrada de la Sala Penal del la Corte Suprema de Justicia.

Me quedé pensando en ese tema, y  en la cifra que difunde la Rama Judicial en su página web, respecto al hecho de que las 21.479 mujeres constituyen el 55% de la fuerza laboral en la judicatura colombiana. Sin embargo,  al revisar los datos de la participación femenina en la rama, puede observar que a medida que la pirámide del poder judicial se eleva, las mujeres perdemos representación. ¿Porqué será?.¿Existe una brecha de género en el poder judicial?, ¿Qué es lo causa la pérdida de representación femenina en las Altas Cortes?.

Para resolver esas y más inquietudes, el equipo de Defensa Mujer consultó a quien es quizá  la persona que mejor conoce la composición del sistema judicial colombiano, María Adelaida Ceballos, reconocida columnista de la Revista Ámbito Jurídico y directora de la línea Sistema Judicial en Dejusticia, quien desde su columna y a través de sus intervenciones ante la Corte Constitucional, promueve la aplicación del principio de igualdad y paridad de género en las altas corporaciones judiciales. En este empeño, impulsa activamente la conformación de ternas integradas sólo por mujeres, en busca de hacer efectivo el derecho de equidad de género reconocido en la sentencia C-134 de 2023.

María Adelaida cursó su doctorado en derecho en McGill University, Canadá, su tesis se destaca ampliamente por ser la primera que aborda de manera profunda y rigurosa las desiguladades de género en la Rama Judicial, realizando un importantísimo aporte a los estudios de género en la judicatura colombiana, pues su tesis se centra en identificar qué elementos facilitan o impiden la participación de las mujeres en un contexto de notoria debilidad institucional. Estas son las reflexiones que compartió con Defensa Mujer:

Carol Andrea Durán: Últimamente se escucha cada vez más hablar del lento progreso en el desarrollo de políticas que promuevan la equidad de género en Latinoamérica. Uno de los ámbitos críticos en los cuales hemos estado históricamente en desventaja es en el acceso a cargos de poder en la administración pública. María Adelaida, ¿cuál es la relevancia de las investigaciones feministas en el contexto actual colombiano?

María Adelaida Ceballos: La reflexión sobre las disparidades de poder entre hombres y mujeres, no siempre están presentes en las agendas de género. Puede que estén presentes las ideas de las mujeres, o de incluir mujeres, o de hacer un foro con mujeres o hablar de la necesidad de que las mujeres hagan cosas, pero eso no quiere decir que haya una reflexión profunda sobre las desigualdades de poder.

Lo que hacen los estudios feministas es mostrar la reflexión sobre las disparidades de poder entre hombres y mujeres. En Colombia, se podría decir, que en este momento en la Corte Constitucional hay paridad, pero si se estudia la participación de las mujeres se logran observar desbalances en el poder. 

Es decir, el asunto no se soluciona aumentando el número de magistradas, sino donde se ubican y quienes tienen más poder, por ejemplo, en la composición de la Corte Suprema, existen salas que no hacen parte de la Sala Plena, que es donde se toman las principales decisiones y se discuten los ingresos de nuevos magistrados. En donde se observa que hay cada vez más mujeres, son en las salas de descongestión laboral. Para mí eso es problemático. Y estamos hablando sólo de la judicatura, porque sabemos que eso se extiende a los otros escenarios. Luego entonces, la importancia de los estudios feministas radica en que lo que hace el feminismo es no solamente contar el número de mujeres.

«El asunto no se soluciona aumentando el número de magistradas, sino donde se ubican y quienes tienen más poder.»​

CAD: ¿Qué sucede con el acceso de las mujeres en las altas cortes? 

MAC: Pienso que existen altos niveles de agotamiento en las mujeres que logran llegar a cargos más altos en la judicatura. Porque cuando uno observa de cerca, encuentra que es arduo el camino que tienen que recorrer para llegar a ser magistradas de los tribunales, cuando hablo con ellas me dicen que gastaron toda la energía que tenían para llegar a su cargo, y entonces expresan, que ya no tienen más que dar. Considero que esto se debe a las barreras superpuestas que han tenido que enfrentar para estar ahí.

CAD: ¿Y cuáles son esas barreras?

MAC: Por ejemplo, la prueba de conocimientos del concurso de la Rama Judicial, esa es un filtro inclemente con las mujeres, bueno, con mucha gente, pero más con las mujeres que con los hombres. Esto lo he observado en todos los concursos que he evaluado desde 2007. Y me genera perplejidad, que, habiendo información histórica sobre este hecho, no suscite ninguna inquietud al interior del Consejo Superior de la Judicatura, para revisar qué pasa. Porque, luego de ese filtro observé que, en las distintas pruebas que se aplican en el curso concurso y el entrenamiento de la escuela judicial, no había diferencia de género o incluso a las mujeres les iba mejor, por ejemplo, en el componente de la prueba escrita. En contraste con la prueba de conocimientos que es un examen estandarizado, así como los de ICFES.

CAD: ¿Entonces, el examen estandarizado de conocimientos es una barrera difícil de superar?

MAC: Si, porque es necesario entrenarse en esa herramienta como para cualquier otro examen, los exámenes estandarizados no solo evalúan el conocimiento, sino también la posibilidad de manejar adecuadamente ese tipo de cuestionarios. Entonces, la diferencia que yo noté, entre los resultados de los hombres y las mujeres es que, al parecer las mujeres tenían menos tiempo para entrenarse en la herramienta. Eso hace una gran diferencia, cosas tan sencillas como, que no te quedes pensando en una sola pregunta mucho tiempo. Es necesario, aprender a seguir y a que tu mente no se quede atorada en la pregunta anterior, porque tomar pruebas previas de entrenamiento, permite identificar las debilidades frente al examen.

CAD: ¿El escaso entrenamiento está vinculado a las responsabilidades de cuidado?

MAC: Claro. En los hallazgos de mi investigación, fue muy evidente notar que las responsabilidades de cuidado eran la gran diferencia para su ingreso en la judicatura. No solo entre hombres y mujeres, sino al interior de las mujeres. Es decir, que las mujeres, solteras sin la responsabilidad del cuidado de sus padres o familiares, tenían unas posibilidades de llegar a la judicatura muy parejas a las de los hombres.

«Las responsabilidades de cuidado eran la gran diferencia para su ingreso en la judicatura.»​

Pues cuando son madres solteras o separadas, el ascenso se frena no solo por las responsabilidades de cuidado, sino también por lo económico. En mi investigación hablé con varias madres cabeza de hogar que me decían, que les tocó pedir plata prestada para viajar a tomar el curso y además buscar una persona que se encargara del cuidado de sus hijos.

También pude entrevistar a servidoras judiciales de San Andrés, que me contaron que tuvieron que pagar por su cuenta los tiquetes aéreos y el hospedaje en la ciudad donde realizaron las pruebas de ingreso o ascenso del concurso de méritos.

Incluso encontré mujeres al interior de la judicatura que no aspiran a cargos superiores porque sus parejas no las apoyan lo suficiente.